Como importar en Nicaragua

Importar mercancías a Nicaragua puede abrir grandes oportunidades de negocio, pero requiere cumplir una serie de requisitos aduaneros y preparar documentación clave. La Dirección General de Aduanas (DGA) de Nicaragua exige que toda importación cuente con ciertos documentos y trámites esenciales. Cumplir con estos requisitos no solo garantiza un proceso de despacho aduanero más ágil, sino que evita multas, retrasos o incluso la retención de la carga en puerto. A continuación, presentamos una guía completa de los principales requisitos y documentos necesarios para la aduana nicaragüense, enfocada en empresas que deseen importar todo tipo de mercancías al país.

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Registro como Importador ante la Aduana de Nicaragua (DGA)

El primer paso para importar legalmente es registrarse como importador ante la DGA. Tanto las empresas (personas jurídicas) como individuos (personas naturales) deben obtener la autorización de la Aduana para poder realizar operaciones de importación de mercancías. En el caso de una empresa, esto implica cumplir varios requisitos administrativos y fiscales ante la autoridad aduanera:

  • Registro Único de Contribuyente (RUC) vigente: El importador debe contar con RUC activo y al día, que lo identifique ante Hacienda y Aduanas. Este número es indispensable para cualquier trámite tributario y aduanero.

  • Documentación legal de la empresa: Se debe presentar la Escritura de Constitución de la compañía y el Poder de representación legal, debidamente inscritos en el Registro Público Mercantil. Asimismo, la cédula de identidad vigente del representante legal (o residencia, si es extranjero) es requerida.

  • Solvencia fiscal: La empresa importadora necesita estar al día con sus obligaciones tributarias. La DGA solicita una constancia de solvencia fiscal vigente extendida por la autoridad tributaria (DGI), asegurando que no existen deudas pendientes. También se suele exigir una constancia de la actividad económica de la empresa emitida por la DGI, donde conste que dentro de sus actividades está la importación de mercancías.

  • Carta de solicitud a la DGA: Un escrito formal dirigido al Director General de Aduanas, firmado por el representante legal, en papel membretado de la empresa, solicitando la inscripción como importador y detallando los tipos de mercancía a importar. Este es un requisito protocolario para iniciar el registro.

  • Declaración notarial de domicilio fiscal: Un documento notariado donde la empresa declara su domicilio fiscal y proporciona datos de contacto (dirección, correos electrónicos, teléfonos), tanto de la empresa como de su representante legal. Esto sirve para que Aduanas tenga información verificable de contacto.

  • Poder especial a un agente aduanero: Muchas empresas otorgan un poder notariado especial a una agencia aduanera local para que las represente en trámites ante la Aduana. Aunque no es obligatorio utilizar un agente aduanero, es una práctica común y recomendable, ya que estos profesionales manejan el proceso de manera eficiente.

Una vez reunidos y presentados todos estos documentos, la DGA revisará la solicitud. Cumplidos los requisitos, la autoridad emite una resolución autorizando al solicitante como importador registrado en el sistema aduanero nicaragüense. A partir de entonces, la empresa queda habilitada para despachar sus importaciones. Es importante mantener actualizada esta inscripción; por ejemplo, si cambia el representante legal o la dirección, se debe notificar a la Aduana. Además, el importador debe registrarse en las plataformas electrónicas aduaneras actuales. Nicaragua cuenta con un Módulo de Gestión de Usuarios (MGU) de la DGA donde se administran los datos legales, fiscales y de representación de cada importador. Asegurarse de estar inscrito en el MGU (y en la Ventanilla Única de Comercio Exterior si corresponde) garantiza acceso a los sistemas electrónicos para declarar mercancías y realizar trámites en línea.

Documentos Básicos para la Importación de Mercancías

Una vez la empresa está registrada como importadora, cada operación de importación requerirá preparar un conjunto de documentos básicos que deberán presentarse a la Aduana. Estos documentos respaldan la legalidad de la mercancía, su valor y cumplen con las normativas tanto aduaneras como de otras agencias. Los principales documentos para importar a Nicaragua son:

Factura Comercial

La factura comercial es el documento emitido por el proveedor o vendedor en el exterior que detalla la mercancía comprada. Debe incluir información clave: nombre del exportador (proveedor) y del importador (comprador), fecha de emisión, descripción detallada de los productos (con sus códigos, modelos o referencias si aplican), la cantidad de unidades, el valor unitario y total de cada ítem, la moneda de la transacción, términos de venta (Incoterms, como FOB, CIF, etc.), y el país de origen de las mercancías. La factura comercial es fundamental porque sirve de base para la valoración aduanera (determinar sobre qué monto se calcularán los impuestos de importación). En Nicaragua, las facturas deben venir debidamente numeradas y con los requisitos fiscales del país de origen; además, generalmente se exige presentar el original o copia autenticada con sello y firma del exportador. Asegúrese de que la descripción en la factura sea clara y coincida con los demás documentos (como la lista de empaque), ya que cualquier discrepancia podría levantar suspicacias o requerir correcciones.

Documento de Transporte (Conocimiento de Embarque, Guía Aérea o Carta de Porte)

El documento de transporte prueba el envío internacional de la mercancía. Dependiendo del medio utilizado, puede ser un Conocimiento de Embarque (Bill of Lading, BL) para transporte marítimo, una Guía Aérea (Air Waybill, AWB) para carga aérea, o una Carta de Porte para transporte terrestre internacional. Este documento lo emite la empresa transportista (la naviera, aerolínea o compañía terrestre) y contiene datos como el puerto/aeropuerto de carga y descarga, el consignatario (quien recibirá la mercancía en Nicaragua), el número de bultos o contenedores, peso bruto, descripción general de la carga y condiciones de transporte. La Aduana nicaragüense exige este documento para verificar el traslado legítimo de las mercancías y su coincidencia con la información declarada. Es importante que los detalles en el BL/AWB (cantidad de bultos, peso, descripción genérica) concuerden con la factura y la lista de empaque; si el número de bultos declarado en los documentos no coincide, Aduanas puede imponer multas por discrepancias. Por ejemplo, cada bulto extra no declarado en la lista de empaque puede acarrear una sanción de alrededor de USD 100 por inconsistencias, además de retrasos en la liberación de la carga.

Lista de Empaque (Packing List)

La lista de empaque es un documento complementario que detalla cómo viene organizada la mercancía físicamente. En ella se especifica el contenido de cada caja, pallet o bulto: la descripción de los artículos contenidos, sus cantidades, peso por caja, dimensiones si es relevante, y a veces el número de caja (cuando hay múltiples cajas numeradas). Aunque no todas las cargas requieren una lista de empaque (por ejemplo, puede que no aplique si es un único bulto con un solo producto), es altamente recomendable y en la práctica casi siempre se incluye. Aduanas utiliza la lista de empaque para facilitar las inspecciones físicas y comprobar que lo declarado corresponde exactamente con lo recibido. Cada caja o bulto debe estar listada con su contenido específico; si la lista de empaque es vaga o no específica, podría requerirse una inspección física detallada. Las autoridades también pueden multar si encuentran artículos no descritos en la lista. Para evitar problemas, prepare la lista de empaque en español o inglés (no se aceptan listas escritas a mano, ilegibles o en otros idiomas), y asegúrese de que totalice las mismas cantidades que la factura comercial.

Permisos Sanitarios y Certificados Especiales (Según el Producto)

Algunos productos requieren permisos especiales, licencias o certificados emitidos por agencias gubernamentales competentes, además de los documentos comerciales habituales. Estos son considerados documentos de obligaciones no tributarias que comprueban el cumplimiento de regulaciones sanitarias, de seguridad u otras. Por ejemplo, si va a importar medicamentos, alimentos, cosméticos o productos químicos, necesitará registros o permisos sanitarios del Ministerio de Salud (MINSA). Para vegetales, frutas, semillas o productos de origen animal, se exigen certificados fitosanitarios o zoosanitarios de importación emitidos por el Ministerio Agropecuario, que aseguren que la mercancía cumple controles sanitarios y fitosanitarios. Otros ejemplos: productos como dispositivos de telecomunicaciones pueden requerir certificación del ente regulador (TELCOR), o si se importan armas/fireworks se necesitarán permisos especiales del Ministerio de Gobernación o Defensa. Nicaragua también mantiene prohibiciones y restricciones sobre ciertos bienes, por lo que es vital verificar la normativa antes de importar. Traer productos regulados sin la debida autorización puede resultar en retenciones, decomisos y multas por parte de la Aduana. En resumen, investigue si su mercancía está sujeta a control previo y obtenga las licencias o certificados correspondientes antes del envío. Estos documentos deberán presentarse a Aduanas para poder nacionalizar la mercancía.

Certificado de Origen (Para Tratados Arancelarios)

El certificado de origen no es obligatorio para todos los embarques, pero es esencial si desea aprovechar preferencias arancelarias de algún tratado de libre comercio. Nicaragua forma parte de acuerdos comerciales (por ejemplo, CAFTA-DR con EE. UU. y otros países centroamericanos, acuerdos con México, etc.) que permiten importar ciertos productos con arancel reducido o cero, siempre que se demuestre que cumplen las reglas de origen. El certificado de origen, emitido por la entidad autorizada en el país exportador, certifica el país de origen de la mercancía de acuerdo con el tratado aplicable. Este documento debe estar disponible en original o copia autorizada para presentarlo a la Aduana. Por ejemplo, si importa maquinaria desde Estados Unidos y cumple los requisitos de origen del CAFTA-DR, con el certificado de origen correspondiente podría exonerarse del pago de Derechos Arancelarios a la Importación (DAI) o pagar una tarifa menor que la general. Si no se cuenta con este certificado, Aduanas aplicará el arancel pleno según el arancel centroamericano vigente. Por lo tanto, siempre verifique si su producto aplica a un tratado y obtenga el certificado antes del embarque para ahorrar en impuestos de importación.

Solvencia Fiscal del Importador

La solvencia fiscal es un documento emitido por la autoridad tributaria (Dirección General de Ingresos, DGI) que certifica que el importador está al día en el pago de sus impuestos nacionales. Si bien este documento ya se presenta durante la inscripción como importador, es posible que Aduanas solicite que esté vigente al momento de realizar una importación significativa. En general, antes de despachar una póliza de importación, el agente aduanero verificará que el RUC del importador esté activo y sin bloqueos por deudas tributarias. Mantener la solvencia fiscal al día evita contratiempos; de lo contrario, la Aduana podría retener la mercancía hasta que se aclaren las obligaciones pendientes. Algunas empresas tramitan una actualización periódica de su constancia de solvencia fiscal para asegurarse de que no haya impedimentos. Este requisito refuerza la importancia de la compliance fiscal: Hacienda y Aduanas trabajan coordinadamente para que solo contribuyentes cumplidos realicen operaciones de comercio exterior.

Declaración Aduanera de Mercancías (Póliza de Importación)

Finalmente, el documento central en todo despacho es la Declaración Aduanera de Mercancías, conocida también como póliza de importación. Se trata del formulario oficial (hoy en día llenado electrónicamente) en el cual se declaran ante la DGA todos los detalles de la importación: datos del importador, exportador, agente aduanero, descripción arancelaria de la mercancía (posición arancelaria SAC), valor FOB, flete, seguro, incoterm aplicado, origen de las mercancías, y cálculo de los impuestos a pagar. Esta declaración usualmente la elabora un agente aduanero en representación del importador, utilizando el sistema informático de Aduanas. A nivel regional centroamericano, existe un formulario unificado llamado DUCA (Declaración Única Centroamericana) que Nicaragua implementa para ciertos trámites, aunque para importaciones definitivas extrarregionales se usa la declaración nacional en el sistema de la DGA. En cualquier caso, toda importación debe estar sustentada por una declaración de mercancías aceptada por Aduana. Este documento reúne y hace referencia a todos los anteriores (factura, BL, lista de empaque, certificados, etc.) como anexos. Aduanas revisará la declaración y sus anexos; si todo está correcto, validará la póliza para proceder con el pago de impuestos. Cabe destacar que no se puede iniciar el trámite aduanero sin tener completa la documentación requerida, pues de faltar algo, la declaración no podrá ser efectuada o aprobada. Esto subraya la importancia de preparar con antelación todos los documentos mencionados.

Proceso de Despacho Aduanero en Nicaragua

Con los documentos en regla, el proceso de desaduanaje (liberación de la mercancía) en Nicaragua sigue estos pasos generales:

  1. Arribo de la mercancía: Cuando el envío llega al puerto, aeropuerto o frontera terrestre, el transportista entrega los manifiestos de carga a la Aduana. Es importante que el importador (o su agente aduanal) esté listo antes de la llegada para iniciar los trámites en cuanto se pueda. Esto implica tener la documentación lista y, si es posible, haber preparado la declaración por anticipado.

  2. Presentación de la Declaración y Documentos: El agente aduanero presenta electrónicamente la declaración de importación junto con los documentos de soporte. La Aduana verifica la información; puede requerir aclaraciones o correcciones si algo no coincide. Por ejemplo, como se mencionó, deben cuadrar las cantidades de la factura, lista de empaque y BL, y presentarse todos los permisos pertinentes. Cualquier inconsistencia puede generar alertas y demoras.

  3. Selección para reconocimiento (canal verde/rojo): El sistema aduanero determina si la carga pasa por canal verde (liberación automática) o rojo (inspección física). Esto suele ser aleatorio o basado en perfiles de riesgo. Si resulta en canal rojo, personal de Aduanas inspeccionará los bultos en un depósito fiscal designado. En Nicaragua, prácticamente todos los envíos deben ingresar a un depósito fiscal para su descarga e inspección, salvo contadas excepciones diplomáticas. Durante la inspección, verificarán que lo declarado corresponda con la mercancía real; es decir, que no se estén subdeclarando cantidades, omitiendo artículos, o que los productos coincidan con sus descripciones y no estén prohibidos.

  4. Cálculo y pago de impuestos: Paralelamente o una vez verificada la declaración, Aduanas calcula los impuestos de importación a pagar. Estos incluyen los Derechos Arancelarios a la Importación (DAI) que varían según la clasificación arancelaria del producto (por ejemplo, bienes de capital pueden tener 0% DAI, otros productos un porcentaje entre 5% y 15%, etc.), el Impuesto al Valor Agregado (IVA) que en Nicaragua es del 15% sobre el valor CIF + DAI, y en ciertos casos algún Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) para productos específicos (como licores, cigarrillos, combustibles, etc.). Si el certificado de origen válido fue aportado y el producto califica para trato preferencial, Aduanas aplicará los aranceles reducidos correspondientes (incluso 0% en muchos casos). El importador o su agente debe realizar el pago de estos tributos; por lo general, se hace vía transferencia bancaria o pago electrónico y se obtiene un comprobante. Este comprobante de pago de las obligaciones arancelarias y tributarias forma parte del expediente de la importación.

  5. Liberación de la mercancía: Una vez pagados los impuestos y cumplidos todos los controles, la Aduana emite la autorización de entrega. El agente aduanero retira los levantes (documento de liberación) y coordina con el depósito fiscal o la terminal portuaria para retirar la carga. En este punto, la mercancía se considera nacionalizada, ya puede circular libremente dentro de Nicaragua. Es importante retirar a tiempo la carga del puerto o almacén fiscal para evitar cargos por almacenaje o demoras. En casos de carga en contenedor, también se deben gestionar la devolución del contenedor a la naviera para evitar pagos por días extra.

El tiempo que toma el despacho aduanero puede variar. Para cargas consolidadas o contenedores completos en condiciones normales, suele demorar varios días; aunque en escenarios complejos, puede tardar un par de semanas. Según experiencias, el tiempo promedio de despacho aduanero en Nicaragua puede ser de 4-5 semanas para envíos de menaje de casa o casos particulares, pero para importaciones comerciales típicas el plazo es menor si todo está en orden. Planificar con anticipación y proporcionar documentación completa ayudará a agilizar este proceso.

Consejos Finales para una Importación Exitosa

  • Prepárese con anticipación: Reúna todos los documentos necesarios antes de que llegue la mercancía. Si algún documento falta o está incompleto, el trámite aduanero no podrá iniciar y la carga incurrirá en almacenajes o demoras costosas. Verifique requisitos especiales según su producto y obtenga esos permisos con tiempo.

  • Verifique la consistencia de la información: Asegúrese de que los datos críticos (cantidades, pesos, descripciones, valores) coincidan en factura, lista de empaque, BL y declaración. Inconsistencias entre documentos pueden resultar en sanciones o inspecciones más rigurosas. Un detalle tan sencillo como la discrepancia en el número de bultos entre la lista de empaque y el BL puede ocasionar multas evitables.

  • Use servicios de un agente aduanero competente: Un agente aduanal registrado puede facilitar enormemente el proceso. Estas agencias conocen la normativa local, clasifican correctamente sus mercancías según el arancel (SAC) y gestionan los trámites ante la DGA. Contar con apoyo profesional le evita al importador errores en la declaración o el cálculo de impuestos. Por ejemplo, un agente se asegurará de aplicar los tratados de libre comercio vigentes para reducir los aranceles cuando sea posible, y de tramitar cualquier autorización previa que se requiera.

  • Considere un operador logístico integral: Además del agente aduanero, una empresa de servicios logísticos en Nicaragua puede coordinar de forma integral la importación – desde el transporte internacional, el despacho aduanero, hasta el transporte local interno. Esto le permite al importador tener un solo punto de contacto. Un buen operador logístico se encargará de asesorarle en la documentación, monitorear la llegada de la carga, manejar almacenajes temporales y finalmente entregar la mercancía en su destino final dentro del país. Este acompañamiento minimiza complicaciones y asegura que su carga cumpla con todos los requisitos aduaneros nicaragüenses de principio a fin.

  • Manténgase actualizado en la normativa: Las regulaciones aduaneras pueden cambiar (nuevos procedimientos electrónicos, cambios de aranceles, listados de mercancías prohibidas, etc.). Es recomendable seguir las comunicaciones de la DGA y circulares aduaneras vigentes. Por ejemplo, recientes plataformas digitales como la Ventanilla Única (VUCE/VUCEN) o nuevos acuerdos comerciales pueden impactar los procesos de importación. Estar al día le permitirá aprovechar beneficios (como reducciones de DAI por políticas temporales) y evitar contratiempos por desconocimiento de nuevas disposiciones.

En conclusión, importar mercancías a Nicaragua con éxito requiere preparación y cumplimiento estricto de los requisitos aduaneros. Desde registrarse correctamente como importador ante la DGA hasta juntar la documentación (facturas, permisos, declaraciones) y efectuar los trámites de despacho, cada paso es fundamental. La buena noticia es que con una planificación adecuada y, de ser posible, con la asistencia de profesionales en logística y aduanas, el proceso se vuelve mucho más sencillo y accesible para cualquier empresa. Cumpliendo con estos requisitos y documentos para la aduana nicaragüense, su negocio podrá aprovechar las oportunidades del comercio internacional de forma segura, ágil y dentro del marco legal. ¡Manos a la obra con sus importaciones y mucho éxito en sus emprendimientos en Nicaragua!

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